# Ordenanza General De La Armada - Artículo 906

Clave: 218
Artículo: 906
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 906
.- Además de lo prescrito en el artículo anterior, considerará en su informe semestral los datos siguientes:
Condición actual de la máquina, en su concepto, haciendo especial mención de los cilindros, válvulas, bombas de aire y de todos los componentes esenciales.
Si son nuevas las máquinas y calderas, indicación minuciosa de cómo trabajan, qué resultados se han obtenido, y las cualidades y defectos notados en su funcionamiento. Velocidad máxima que puedan sostener durante doce horas sucesivas, navegando con mar llana, y medios necesarios para conseguir ese andar.
Cantidad de carbón que puedan contener las carboneras, y, en general, todas las observaciones que su experiencia le sugiera.
III
os datos de referencia deberán anotarse en el Diario de máquinas.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 906.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
