# Ordenanza General De La Armada - Artículo 917

Clave: 218
Artículo: 917
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 917
.- Si funcionando la máquina se hallaren de guardia, cumplirán las órdenes que reciban del Oficial de ella, no omitiendo ninguna precaución al ejecutarlas. Cuando reciban alguna orden en cuyo cumplimiento pueda exponerse la máquina a algún peligro, harán presentes sus observaciones al Oficial de guardia y también al Maquinista de cargo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 917.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
