# Ordenanza General De La Armada - Artículo 932

Clave: 218
Artículo: 932
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 932
.- En ningún caso de queja contra un superior podrá el inferior tomar satisfacción privada y usar de palabras u obras que denoten insubordinación, pues en tal caso no sólo perderá el derecho de justicia que se le haría presentando su recurso al inmediato superior en términos regulares, sino que será castigado en proporción a las faltas en que incurra.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 932.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
