# Ordenanza General De La Armada - Artículo 936

Clave: 218
Artículo: 936
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 936
.- Toda orden superior para las dependencias de la Armada, deberán comunicarse por conducto de los Jefes respectivos.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 936.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
