# Ordenanza General De La Armada - Artículo 953

Clave: 218
Artículo: 953
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 953
.- Si un General, Jefe u Oficial con mando se encontrare en cualquier punto a un superior, también con mando, se pondrá a sus órdenes inmediatamente y le dará noticia de las instrucciones generales y confidenciales que hubiere recibido, sin encargo de reserva, procediendo individualmente al cumplimiento de las que les correspondan, y auxiliándose mutuamente, si fuere necesario, para el éxito eficaz de ellas.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 953.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
