# Ordenanza General De La Armada - Artículo 977

Clave: 218
Artículo: 977
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 977
.- El mando es accidental cuando un inferior lo desempeña por enfermedad, ausencia del superior o cualquier otro motivo imprevisto; y es interino cuando por orden expresa de la autoridad correspondiente, ejerce el inferior por más o menos tiempo un cargo igual o superior a su empleo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 977.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
