# Ordenanza General De La Armada - Artículo 99

Clave: 218
Artículo: 99
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 99
.- También se concederá esta condecoración a los asimilados que reúnan los requisitos que se previenen en el artículo anterior, pero con las diferencias expresadas más adelante.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 99.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
