# Ordenanza General De La Armada - Artículo 998

Clave: 218
Artículo: 998
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 998
.- Los Oficiales de cargo, al hacer entrega del que les corresponda, lo harán por inventario pormenorizado, firmado por el que recibe y el que entrega, con intervención del Contador, poniendo su cónstame el Oficial de equipo y su visto bueno el Comandante.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 998.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
