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law_key: "218"
title: "Ordenanza General De La Armada"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

La Ordenanza General De La Armada organiza el régimen naval mexicano desde una perspectiva histórica: define la dependencia de la Armada respecto del Presidente de la República, su objeto de defensa nacional y paz interior, la división de cuerpos y servicios, jerarquías, reclutamiento, antigüedad, hojas de servicios, retiros, pensiones, disciplina, guardias, mandos, operaciones navales, visitas, presas, convoyes, cuarentena y servicio interior. Aunque varias materias hoy se complementan o sustituyen por leyes militares y navales posteriores, el texto fuente se identifica como vigente con última reforma publicada el 19 de octubre de 2000.

## Qué regula

- Organización general de la Armada Nacional, sus fuerzas permanentes y auxiliares.
- Cuerpos de guerra, cuerpos técnicos, servicios especiales, infantería, artillería, torpedistas, arsenales, escuelas, administración y sanidad naval.
- Jerarquías, equivalencias, insignias, mando, subordinación y disciplina.
- Reclutamiento, enganche, reenganche, reserva, desertores y sentenciados que vuelven al servicio.
- Cómputo de servicios, antigüedad, hojas de servicios, retiros, pensiones, recompensas y condecoraciones.
- Obligaciones de marinería, cabos, oficiales, comandantes, servicios de guardia, artillería, derrota, sanidad, administración y mando de fuerzas navales.
- Reglas de navegación, combate, visitas a buques, presas, convoyes, cuarentena y servicio interior.

## A quién aplica

- Personal de la Armada Nacional y de sus cuerpos, servicios, buques, dependencias y establecimientos.
- Oficiales generales, jefes, oficiales, aspirantes, clases, marinería, técnicos, personal de administración y sanidad naval.
- Fuerzas auxiliares y personal de marina o tripulaciones que sean llamados a cooperar con la Armada.
- Comandantes de buque, comandantes de fuerzas navales, oficiales de guardia y responsables de cargos navales.
- Autoridades militares y navales que aplican reglas de mando, disciplina, servicios, recompensas y responsabilidades.

## Materias principales

- Organización naval y dependencia jerárquica.
- Cuerpos, servicios, empleos, grados e insignias.
- Reclutamiento, enganche, reserva y reenganche.
- Antigüedad, servicios, hojas de servicios, retiro y pensiones.
- Disciplina, subordinación, castigos, quejas y responsabilidades.
- Guardias, zafarranchos, maniobras, combate, artillería y seguridad de buques.
- Mando de buques, escuadras, divisiones, convoyes y operaciones navales.
- Derecho marítimo de guerra, visitas, contrabando, presas y cuarentena.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ordenanza |
| --- | --- |
| Armada Nacional | Fuerza naval que depende directamente del Presidente de la República y cumple funciones de defensa, guerra marítima, orden constitucional y paz interior. |
| Fuerzas permanentes | Personal estable de carrera sujeto a la ordenanza y a las jerarquías navales. |
| Fuerzas auxiliares | Personal de marina o tripulaciones no pertenecientes a la Armada que sean empleados o llamados a cooperar en operaciones navales. |
| Cuerpo de Guerra | Rama que integra plana mayor, jefes, oficiales, clases y marinería. |
| Cuerpos técnicos | Maquinistas navales, ingenieros de artillería naval e ingenieros navales. |
| Servicios especiales | Infantería de Marina, Artillería de Marina, torpedistas, arsenales, escuelas, administración, sanidad y servidumbre. |
| Enganche | Forma histórica de reclutamiento voluntario por años determinados. |
| Retiro | Situación del personal que pasa a pensión vitalicia sin prestar servicios. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Objeto y estructura de la Armada | 1 a 30 | Ubica dependencia presidencial, objeto institucional, cuerpos, servicios, empleos e insignias. |
| Reclutamiento y reserva | 31 a 39 | Regula admisión, edades, periodos de enganche, lectura de leyes penales, reserva y reenganche. |
| Servicios, antigüedad y hojas | 43 a 70 | Explica cómo se computan servicios, antigüedad, licencias, suspensiones, certificados y hojas de servicio. |
| Retiros, pensiones y recompensas | 71 a 142 | Ordena retiro voluntario y forzoso, pensiones, condecoraciones y premios por acciones o servicios. |
| Disciplina de marinería y clases | 143 a 220 | Fija obediencia, cuidado de equipo, arrestos, quejas, guardias, centinelas y deberes diarios. |
| Oficiales y cargos de buque | 466 a 539 | Describe obligaciones de aspirantes, oficiales subalternos, oficiales de guardia y oficiales de artillería. |
| Mando de fuerzas navales | 1555 a 1590 | Regula mando, inspecciones, instrucciones, reparaciones, adquisiciones y coordinación de escuadras. |
| Derecho marítimo de guerra | 1823 a 1858 | Trata contrabando de guerra, visitas, presas, convoyes y protección de buques. |

## Plazos importantes

- La ordenanza fue publicada en el Diario Oficial de la Federación en forma seriada del 1 al 8 de enero de 1912.
- La ordenanza comenzó a surtir efectos el 1 de febrero de 1912.
- El texto fuente señala última reforma publicada en el DOF el 19 de octubre de 2000.
- En el régimen de enganche histórico, grumetes y aprendices podían contratarse por cinco años, marineros por tres años y cabos u oficiales de mar por dos años.
- El personal mencionado en el artículo 36 pasaba a la reserva por dos años al cumplir su periodo de enganche.
- Para retiros voluntarios, la ordenanza toma como referencia 25, 30, 35 y 40 años de servicios.
- Las guardias de puerto previstas para oficiales subalternos son de veinticuatro horas; las guardias de mar y rada de ancla se relevan de cuatro en cuatro horas.

## Derechos principales

- Derecho del personal permanente a no ser destituido del empleo sino por sentencia de tribunal competente o causa legal.
- Derecho a que se computen servicios, campañas, prisión justificada y antigüedad conforme a reglas de la ordenanza.
- Derecho a retiro voluntario o forzoso y a pensión cuando se cumplan los requisitos aplicables.
- Derecho a certificados, hojas de servicios y constancias cuando proceda para comprobar derechos.
- Derecho a formular quejas por conducto jerárquico y, en casos previstos, llegar hasta el superior correspondiente.
- Derecho a recompensas, condecoraciones o reconocimientos por acciones distinguidas debidamente comprobadas.
- Derecho de marineros a salir francos en los supuestos reglamentarios y a no permanecer presos correccionalmente por más de un mes por una misma falta.

## Obligaciones principales

- Obedecer y respetar a superiores, cumplir órdenes de servicio y observar disciplina naval.
- Cuidar vestuario, armas, municiones, enseres, pertrechos y bienes nacionales bajo responsabilidad.
- Presentarse aseado, uniformado y preparado para revistas, guardias, zafarranchos, maniobras y servicios.
- Reportar accidentes, novedades, faltas, conversaciones de sublevación, sedición o deserción y cualquier riesgo para el servicio.
- Cumplir turnos de guardia, consignas, relevos, vigilancia, seguridad de buques, maniobras y ejercicios.
- Mantener hojas de servicios, diarios de navegación, libros de cargo, inventarios, partes y registros cuando el empleo lo exija.
- Conservar disciplina, economía de pertrechos, buen estado de buques, máquinas, armas, víveres y efectos del Erario.

## Autoridades relacionadas

- Presidente de la República.
- Secretaría de Guerra y Marina en la denominación histórica del texto.
- Secretaría de Marina como autoridad actual vinculada a la materia naval.
- Comandantes en jefe de fuerzas navales.
- Comandantes de buque, segundos comandantes, oficiales de guardia y jefes de estado mayor.
- Tribunales competentes, tribunales militares y autoridades penales militares.
- Autoridades diplomáticas y consulares mexicanas para actuaciones en el extranjero.
- Autoridades sanitarias, portuarias y marítimas cuando la ordenanza regula visitas, cuarentena, presas o convoyes.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Admisión, filiación, contrato de enganche y reenganche.
- Lectura de leyes penales al ingreso y durante revistas de administración.
- Solicitud y autorización de licencias, permisos, salidas francas y reincorporaciones.
- Cómputo de servicios, antigüedad, tiempo de mando y servicios de mar, bahía o tierra.
- Elaboración, firma, salvedad, certificación y copia de hojas de servicios.
- Solicitud o determinación de retiro, pensión, recompensa o condecoración.
- Arresto, aseguramiento, parte de novedades y trámite de faltas o delitos.
- Visitas, inspecciones, revista de buques, inventarios, adquisiciones, reparaciones y partes a la Secretaría.
- Visita y detención de buques, formación de presas, convoyes y actuaciones de cuarentena.

## Sanciones o consecuencias

- Destitución, separación, pérdida de empleo o descuentos sólo en los supuestos y procedimientos aplicables.
- Descuentos de antigüedad o servicios por sentencia, suspensión, arrestos, licencias, procesos o libertad durante proceso en los casos previstos.
- Arrestos, detención correccional, suspensión, rebaja o castigo conforme a la ordenanza y leyes penales militares.
- Responsabilidad por extravío, deterioro o destrucción de bienes nacionales, armas, pertrechos o efectos de cargo.
- Responsabilidad disciplinaria por desobediencia, insubordinación, negligencia, embriaguez en servicio, abandono de puesto o falta de vigilancia.
- Aprehensión y reclamación de desertores conforme a reglas militares y tratados aplicables.
- Captura, detención o juicio de presas en casos de contrabando de guerra o buques sospechosos.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Define dependencia presidencial y objeto de la Armada Nacional. |
| 2 | Señala que la Armada comprende fuerzas permanentes y auxiliares y se rige por la ordenanza. |
| 4 | Protege el empleo de oficiales, jefes y oficiales generales frente a destitución fuera de tribunal competente o causa legal. |
| 6 a 9 | Clasifican cuerpos, servicios y ramas principales de la Armada. |
| 31 a 39 | Regulan reclutamiento, enganche, reserva y reenganche. |
| 43 a 59 | Establecen cómputo de servicios, antigüedad, licencias y tiempo de mando. |
| 60 a 70 | Regulan hojas de servicios, certificados y anotaciones de méritos o castigos. |
| 71 a 74 | Definen retiro y supuestos iniciales de retiro voluntario o forzoso. |
| 143 a 174 | Concentran deberes básicos de marinería, obediencia, disciplina y cuidado de bienes. |
| 1555 a 1590 | Regulan funciones del comandante en jefe de fuerzas navales. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley Orgánica De La Armada De México](/LOAM/)
- [Ley De Disciplina Para El Personal De La Armada De México](/252/)
- [Ley De Ascensos De La Armada De México](/LAAM/)
- [Ley De Recompensas De La Armada De México](/LRAM/)
- [Ley Para La Comprobación, Ajuste Y Cómputo De Servicios De La Armada De México](/268/)
- [Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas](/LISSFAM/)
- [Código De Justicia Militar](/CJM/)

## Reformas y vigencia

La ordenanza fue expedida el 12 de diciembre de 1911, publicada del 1 al 8 de enero de 1912 y comenzó a surtir efectos el 1 de febrero de 1912. El texto fuente la marca como vigente y registra última reforma publicada el 19 de octubre de 2000, cuando el Reglamento de Honores, Banderas y Luces de la Armada de México derogó diversos artículos de la ordenanza. También registra efectos de la Ley de Ascensos de la Armada de México de 1985 sobre títulos del Tratado Cuarto.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿La Ordenanza General De La Armada sigue siendo relevante?

Sí. El texto fuente la identifica como vigente, aunque varias materias deben leerse junto con leyes navales, militares, administrativas y penales posteriores que actualizan la organización de la Armada.

### ¿Qué es lo más importante del artículo 1?

El artículo 1 ubica a la Armada Nacional bajo dependencia directa del Presidente de la República y define sus fines de defensa nacional, guerra marítima, orden constitucional y paz interior.

### ¿Qué regula sobre el personal naval?

Regula cuerpos, servicios, empleos, jerarquías, admisión, enganche, antigüedad, hojas de servicios, disciplina, deberes de marinería, oficiales y mandos.

### ¿La ordenanza contiene reglas de sanciones?

Sí. Prevé arrestos, descuentos, responsabilidades por bienes, consecuencias por faltas disciplinarias y remisiones a leyes penales militares para delitos o conductas graves.

### ¿Qué debe revisarse junto con esta ordenanza?

Deben revisarse la Ley Orgánica de la Armada de México, leyes de disciplina, ascensos, recompensas, seguridad social militar y el Código de Justicia Militar, además de reglamentos navales aplicables.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/oga.htm)
- Word oficial: [218.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/218.doc)
- PDF oficial: [218.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/218.pdf)
- PDF móvil: [Ordenanza_General_de_la_Armada.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ordenanza_General_de_la_Armada.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal profesional.
