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law_key: "219"
title: "Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

El Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos es un reglamento histórico de 1934 que regula instalación de las Cámaras, presidencias y secretarías, sesiones, iniciativas, comisiones, discusiones, revisión de proyectos, votaciones, expedición de leyes, Comisión Permanente, Diario de los Debates, ceremonial, tesorería, galerías y orden dentro de los recintos. Actualmente sus disposiciones dejaron de aplicarse para el Senado desde el 1 de septiembre de 2010 y para la Cámara de Diputados desde el 1 de enero de 2011, salvo las materias de Congreso General y Comisión Permanente que siguen vigentes en tanto no exista ordenamiento específico.

## Qué regula

- Instalación de Cámaras, juntas preparatorias, protesta, constitución y apertura de sesiones.
- Presidencia, vicepresidencias, secretarías y prosecretarías.
- Sesiones ordinarias, extraordinarias, públicas, secretas y permanentes.
- Asistencia, licencias, comparecencias y orden de asuntos en sesión.
- Iniciativa de leyes, trámite a comisiones, proposiciones, urgencia u obvia resolución.
- Comisiones permanentes y especiales, dictámenes, plazos, votos particulares y consultas.
- Discusiones, mociones, quórum, votaciones nominales, económicas y por cédula.
- Revisión de proyectos, fórmula de expedición de leyes, Comisión Permanente, Diario de los Debates, ceremonial, tesorería y galerías.

## A quién aplica

- Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en materias aún vigentes.
- Cámara de Diputados y Cámara de Senadores sólo respecto de materias de Congreso General o Comisión Permanente no sustituidas por reglamentos específicos.
- Comisión Permanente durante los recesos del Congreso.
- Presidencias, secretarías, comisiones y legisladores que intervienen en sesiones conjuntas o procedimientos generales.
- Funcionarios del Ejecutivo llamados a comparecer conforme al texto reglamentario.
- Público en galerías y personas que acceden al recinto.

## Materias principales

- Régimen interior histórico del Congreso de la Unión.
- Instalación, sesiones, quórum, debates y votaciones.
- Iniciativa, dictamen, revisión y expedición de leyes.
- Comisiones, Comisión Permanente y recesos.
- Presidencia, secretarías, ceremonial y Diario de los Debates.
- Tesorería, dietas, presupuesto interno y control de galerías.
- Vigencia residual frente a reglamentos actuales de Diputados y Senado.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en el reglamento |
| --- | --- |
| Comisión Instaladora | Comisión nombrada antes de cerrar el último periodo ordinario para preparar juntas y sesiones de instalación. |
| Junta Preparatoria | Reunión previa a la instalación para calificar expedientes, integrar mesas y preparar la constitución de Cámaras. |
| Sesión ordinaria | Sesión celebrada durante días hábiles de periodos constitucionales. |
| Sesión extraordinaria | Sesión fuera de periodos constitucionales o en días feriados dentro de ellos. |
| Sesión permanente | Sesión acordada para tratar asunto previamente determinado sin desahogar asuntos ajenos. |
| Comisión Permanente | Órgano que funciona durante recesos del Congreso con facultades constitucionales. |
| Dictamen | Opinión de comisión sobre un asunto turnado, con parte expositiva y proposiciones claras. |
| Diario de los Debates | Órgano oficial que publica actas, discusiones, documentos y desarrollo de sesiones no secretas. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Instalación de Cámaras | 1 a 14 | Regula periodos, juntas preparatorias, protesta, constitución y apertura del Congreso. |
| Presidencia y secretarías | 15 a 26 | Establece elección, facultades, sustitución y funciones administrativas de la Mesa. |
| Sesiones y asistencia | 27 a 54 | Define tipos de sesión, orden de asuntos, licencias, comparecencias y control de asistencia. |
| Iniciativa y comisiones | 55 a 94 | Ordena derecho de iniciativa, turnos, comisiones, dictámenes, plazos y votos particulares. |
| Discusiones y revisión | 95 a 145 | Regula debate en lo general y particular, mociones, quórum y revisión de proyectos. |
| Votaciones y leyes | 146 a 170 | Define votaciones nominales, económicas, por cédula, mayorías y fórmula de expedición. |
| Comisión Permanente | 171 a 183 | Regula instalación, mesa, sesiones, comisiones, inventarios y asuntos en receso. |
| Diario, ceremonial y orden | 184 a 214 | Regula Diario de los Debates, ceremonial, tesorería, galerías, fuerza pública y acceso. |

## Plazos importantes

- El periodo ordinario previsto históricamente comienza el 1 de septiembre y no puede prolongarse más allá del 31 de diciembre conforme al texto del artículo 1.
- En año de renovación legislativa, presuntos diputados y senadores se reúnen el 15 de agosto a las diez horas.
- Dentro de los tres días siguientes a la primera junta preparatoria debe celebrarse la segunda.
- En periodos posteriores al de instalación, la primera junta se verifica diez días antes de la apertura de sesiones.
- Las sesiones ordinarias comienzan por regla general a las 12 horas y duran hasta cuatro horas, salvo prórroga.
- La ausencia mayor a tres días debe comunicarse a la Cámara para obtener licencia.
- Las comisiones deben presentar dictamen dentro de cinco días siguientes a la recepción del asunto, salvo reglas específicas.
- La Comisión de Presupuestos y Cuenta debía presentar dictamen dentro de treinta días sobre el proyecto de presupuestos y cuentas.
- La Comisión Permanente sesiona una vez por semana en días y horas designados por su Presidencia.
- El reglamento comenzó a regir desde su publicación en el DOF el 20 de marzo de 1934.

## Derechos principales

- Derecho de legisladores a intervenir en debates conforme a listas en pro y en contra.
- Derecho a reclamar resoluciones o trámites de la Presidencia en los términos del reglamento.
- Derecho de iniciativa del Presidente de la República, diputados, senadores y legislaturas de los estados.
- Derecho a presentar voto particular cuando integrantes de comisión disientan de la mayoría.
- Derecho de legisladores a asistir sin voto a conferencias de comisiones, salvo excepciones.
- Derecho del público a presenciar sesiones desde galerías cuando no deban cerrarse por orden o reserva.
- Derecho de integrantes a que votaciones y debates se realicen bajo reglas de quórum, turnos y mayorías.

## Obligaciones principales

- Presidentes deben abrir y cerrar sesiones, cuidar orden, dar trámite a negocios, conceder palabra y declarar resultados.
- Secretarios deben pasar lista, extender actas, firmar documentos, recoger votaciones y cuidar Diario de los Debates.
- Legisladores deben asistir a sesiones, permanecer desde el principio hasta el fin y votar cuando corresponda.
- Comisiones deben examinar asuntos, firmar recibos, presentar dictámenes y devolver expedientes.
- Oradores deben sujetarse al tema, al orden y a los límites de tiempo.
- Tesoreros deben rendir cuentas y hacer pagos conforme a presupuestos y listas de asistencia.
- Público en galerías debe presentarse sin armas, guardar respeto, silencio y compostura.

## Autoridades relacionadas

- Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
- Cámara de Diputados.
- Cámara de Senadores.
- Comisión Permanente.
- Presidencias y Secretarías de las Cámaras.
- Comisiones permanentes, especiales, administrativas y de presupuesto.
- Poder Ejecutivo Federal y secretarios del despacho.
- Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Legislaturas y gobernadores de los estados, en el texto histórico.
- Tesorería de cada Cámara y Contaduría Mayor de Hacienda en la denominación histórica.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Instalación de Cámaras y protesta de legisladores.
- Elección de presidentes, vicepresidentes, secretarios y prosecretarios.
- Convocatoria, apertura, suspensión, prórroga o clausura de sesiones.
- Presentación de iniciativas, proposiciones, memoriales y comunicaciones.
- Turno a comisiones, dictamen, voto particular y devolución de proyectos.
- Discusión en lo general y en lo particular.
- Mociones de orden, suspensivas, reclamación de quórum y preferencia de asuntos.
- Votación nominal, económica o por cédula.
- Remisión de minutas, expedientes y leyes aprobadas.
- Instalación y funcionamiento de la Comisión Permanente.
- Publicación en Diario de los Debates y manejo de galerías.

## Sanciones o consecuencias

- La falta de quórum puede levantar la sesión.
- Las ausencias pueden publicarse y generar descuentos de dieta conforme a órdenes de la Presidencia.
- Licencias tienen límites y no pueden concederse con goce de dietas por más de dos meses salvo enfermedad comprobada.
- Presidentes pueden llamar al orden, cerrar galerías, levantar sesión pública o continuar en secreto ante desórdenes.
- Personas que perturben galerías pueden ser expulsadas y, si la falta es grave o delictiva, consignadas al juez competente.
- Legisladores armados no pueden usar la palabra ni ser contados en votación mientras no acaten la invitación a desarmarse.
- La Presidencia puede solicitar guardia militar o policía en el recinto, bajo sus órdenes exclusivas.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 a 14 | Regulan instalación, juntas preparatorias, protesta y apertura del Congreso. |
| 21 | Enumera obligaciones de la Presidencia de cada Cámara. |
| 25 | Enumera obligaciones de secretarios y prosecretarios. |
| 27 a 44 | Regulan clases de sesiones y su funcionamiento básico. |
| 55 a 64 | Regulan iniciativa, turno a comisión, urgencia, proyectos y formación de leyes. |
| 65 a 94 | Regulan comisiones, dictámenes, plazos y votos particulares. |
| 95 a 134 | Regulan discusión, oradores, mociones, quórum y debate por artículos. |
| 146 a 164 | Regulan votaciones y mayorías. |
| 171 a 183 | Regulan Comisión Permanente. |
| 205 a 214 | Regulan galerías, acceso, armas, orden y fuerza pública. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos](/LOCGEUM/)
- [Reglamento De La Cámara De Diputados](/Reg_Diputados/)
- [Reglamento Del Senado De La República](/Reg_Senado/)
- [Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria](/LFPRH/)
- [Ley Federal De Responsabilidades De Los Servidores Públicos](/LFRSP/)

## Reformas y vigencia

El reglamento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 1934 y el texto fuente lo identifica como vigente con última reforma publicada el 24 de diciembre de 2010. Las notas de vigencia indican que dejó de aplicarse para el Senado desde el 1 de septiembre de 2010 y para la Cámara de Diputados desde el 1 de enero de 2011. Sin embargo, permanecen vigentes las disposiciones relativas a Congreso General y Comisión Permanente mientras no se expida ordenamiento específico.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Este reglamento sigue aplicando a Diputados y Senado?

Sólo de manera residual. Para cada Cámara rigen sus reglamentos propios; este texto conserva vigencia en materias de Congreso General y Comisión Permanente no sustituidas.

### ¿Qué regula sobre la Comisión Permanente?

Regula su instalación, mesa, sesiones semanales, comisiones, asuntos durante recesos, inventarios y continuidad frente a sesiones extraordinarias.

### ¿Quiénes tienen derecho de iniciativa según el reglamento?

El Presidente de la República, diputadas y diputados, senadoras y senadores, y legislaturas de los estados, conforme al artículo 55.

### ¿Cómo se vota en este reglamento?

Prevé votaciones nominales, económicas y por cédula; prohíbe votaciones por aclamación y regula mayorías absolutas o de dos terceras partes cuando correspondan.

### ¿Por qué importa si hay reglamentos modernos?

Porque aclara reglas históricas y conserva disposiciones residuales para sesiones de Congreso General y Comisión Permanente mientras no exista regulación específica.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/rgic.htm)
- Word oficial: [219.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/219.doc)
- PDF oficial: [219.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/219.pdf)
- PDF móvil: [Reglamento_para_el_Gobierno_Interior_del_Congreso.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Reglamento_para_el_Gobierno_Interior_del_Congreso.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal profesional.
