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law_title: "Ley Para La Comprobación, Ajuste Y Cómputo De Servicios De La Armada De México"
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# Ley Para La Comprobación, Ajuste Y Cómputo De Servicios De La Armada De México - Artículo 16

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo II - Comprobación y Ajuste de Servicios

```text
ARTÍCULO 16.- A todo individuo de la Armada al causar alta en alguna unidad o establecimiento, deberá abrírsele una hoja de actuación o memorial de servicios, según corresponda, que fundamentalmente contendrán los siguientes datos:

I.- Generales del militar;

II.- Ascensos obtenidos;

III.- Premios y recompensas;

IV.- Campañas y acciones de guerra;

V.- Castigos que ha sufrido;

VI.- Faltas temporales y sus causas;

VII.- Conocimientos especiales;

VIII.- Cargos y comisiones desempeñados;

IX.- Conceptos del organismo disciplinario;

X.- Cómputo total de servicios;

XI.- Cómputo anual de servicios, y

XII.- Conceptos particulares del Comandante, Director o del Superior que corresponda.
```

## Resumen corto

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Regla de 268 sobre competencia de autoridades: A todo individuo de la Armada al causar alta en alguna unidad o establecimiento, deberá abrírsele una hoja de actuación o memorial de servicios, según corresponda, que...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. A todo individuo de la Armada al causar alta en alguna unidad o establecimiento, deberá abrírsele una hoja de actuación o memorial de servicios, según corresponda, que fundamentalmente contendrán los siguientes datos:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 16 268, competencia de autoridades, artículo 16 ley para la comprobacion, ajuste y computo de servicios de la armada de mexico, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad 268

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 16 de 268.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 16 de 268?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. A todo individuo de la Armada al causar alta en alguna unidad o establecimiento, deberá abrírsele una hoja de actuación o memorial de servicios, según corresponda, que fundamentalmente contendrán los siguientes datos:

### ¿Para qué sirve artículo 16?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lcacsam.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/268.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/268.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
