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law_title: "Ley Del Registro Público Vehicular"
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# Ley Del Registro Público Vehicular - Artículo 25

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

```text
Artículo 25.- Los sujetos obligados por la presente Ley, incurrirán en las infracciones siguientes:

I.- Efectuar extemporáneamente la inscripción de un vehículo en el Registro, excediendo los plazos señalados en el Reglamento de esta Ley;

II.- No inscribir el vehículo en el Registro, conforme lo establece el artículo 15 de esta Ley;

III.- No presentar los avisos a que se refiere el artículo 23 de esta Ley;

IV.- Hacer uso indebido de las constancias, documentos y demás medios de identificación, relacionados con la inscripción de vehículos;

V.- Alterar, omitir, simular o permitir registros o avisos en forma ilícita, registrar datos falsos, proporcionar información falsa o facilitar información a usuarios o terceros que no tengan derecho, acceder sin autorización a la información del Registro o no denunciar alguna irregularidad teniendo la obligación de hacerlo, y

VI.- Hacer uso de la información, documentos o comprobantes del Registro, para obtener un lucro indebido, directamente o por interpósita persona.
```

## Resumen corto

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Regla de 269_200521 sobre derechos de usuarios: Los sujetos obligados por la presente Ley, incurrirán en las infracciones siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. Los sujetos obligados por la presente Ley, incurrirán en las infracciones siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Palabras clave

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artículo 25 269_200521, derechos de usuarios, artículo 25 ley del registro publico vehicular, quejas de usuarios, protección de usuarios, Usuarios

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 25 de 269_200521.
- Práctica: preparar una queja, aclaración o solicitud ante proveedor o PROFECO.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Usuarios

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Ejemplo: una persona usuaria revisa este artículo antes de reclamar un cambio de plan, una falla del servicio, una cancelación o un cargo no reconocido.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede citarlo en una queja, aclaración, solicitud de cumplimiento, conciliación ante PROFECO o escrito dirigido al proveedor.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 15
- 23

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 25 de 269_200521?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de usuarios. Los sujetos obligados por la presente Ley, incurrirán en las infracciones siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 25?

Sirve para identificar derechos, obligaciones del proveedor y elementos que pueden usarse en una queja, aclaración o solicitud ante la autoridad competente.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrpv.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/269_200521.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/269_200521.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
