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law_key: "57"
title: "Ley De Organizaciones Ganaderas"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

La Ley De Organizaciones Ganaderas establece las bases para constituir, organizar, registrar, operar, disolver y vigilar organizaciones ganaderas en México. Regula asociaciones ganaderas locales generales y especializadas, uniones ganaderas regionales o estatales, organizaciones nacionales especializadas y la Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas. Su propósito es proteger intereses de ganaderos, fomentar producción, sanidad, comercialización, financiamiento, representación y participación en políticas públicas del sector pecuario. También prevé obligaciones de información, registro de fierros, marcas y tatuajes, controversias internas, multas, cancelación de registro y recurso de revisión.

## Qué regula

- Constitución y registro de organizaciones ganaderas.
- Asociaciones ganaderas locales generales y especializadas.
- Uniones ganaderas regionales generales, estatales y especializadas.
- Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas.
- Objeto, funciones y límites de organizaciones ganaderas.
- Padrón de productores, actas, estatutos y registro.
- Coadyuvancia en sanidad animal.
- Movilización de ganado y acreditación de propiedad.
- Disolución, liquidación y controversias.
- Sanciones administrativas y recurso de revisión.

## A quién aplica

- Ganaderos personas físicas o morales.
- Asociaciones ganaderas locales.
- Uniones ganaderas regionales, generales, estatales o especializadas.
- Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas.
- Organizaciones nacionales de productores por rama o especie-producto.
- Secretaría de Agricultura y autoridades administrativas del sector.
- Gobiernos estatales y municipales que apoyen organizaciones ganaderas.
- Productores pecuarios que se afilien o soliciten ingreso.
- Representantes y dirigentes de organizaciones ganaderas.

## Materias principales

- Derecho de asociación ganadera.
- Producción pecuaria y explotación racional de especies.
- Organización gremial del sector ganadero.
- Sanidad animal.
- Comercialización y consumo de productos ganaderos.
- Representación de intereses comunes.
- Registro de organizaciones y productores.
- Cuotas, apoyos y fomento ganadero.
- Disolución y liquidación.
- Multas y cancelación de registro.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Actividad ganadera | Acciones para explotación racional de especies animales con fines productivos. |
| Ganadero | Persona física o moral dedicada a cría, producción, fomento y explotación racional de especies animales. |
| Organización ganadera | Asociación, unión o confederación constituida conforme a la ley. |
| Asociación ganadera local general | Organización municipal de ganaderos de cualquier especie animal. |
| Asociación ganadera local especializada | Organización municipal de criadores de una especie animal determinada. |
| Unión ganadera regional general | Organización que agrupa asociaciones locales en una región o estado. |
| Unión ganadera regional especializada | Organización que agrupa asociaciones especializadas en una región o estado. |
| Padrón de productores | Lista de miembros, datos, predios e inventario global de animales. |
| Región ganadera | Zona determinada por la Secretaría según características geográficas y económicas. |
| Confederación Nacional | Organización nacional que agrupa uniones ganaderas registradas. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Objeto y autoridades | 1 a 3 | Entender alcance, supletoriedad y coordinación pública. |
| Definiciones | 4 | Identificar conceptos de actividad ganadera y organizaciones. |
| Objeto de organizaciones | 5 | Revisar funciones de fomento, sanidad, comercialización y representación. |
| Constitución y registro | 6 a 13 | Conocer requisitos de asociación, unión, confederación y registro. |
| Obligaciones de organizaciones | 14 a 16 | Ubicar informes, límites de objeto y prohibición de actividad partidista obligatoria. |
| Disolución y liquidación | 17 a 18 | Revisar causales y procedimiento de liquidación. |
| Sanciones y recurso | 19 a 23 | Consultar multas, reincidencia y recurso de revisión. |
| Controversias | 24 a 26 | Resolver conflictos internos o entre organizaciones. |
| Transitorios | Transitorios | Ubicar continuidad de organizaciones previas y reglamento. |

## Plazos importantes

- Las uniones ganaderas regionales deben agrupar asociaciones que tengan al menos tres meses de funcionamiento desde su registro.
- La ley entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
- En caso de reincidencia, la multa se duplica sin exceder el doble del máximo previsto.
- Los recursos de revisión se tramitan conforme a los plazos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
- La convocatoria o intervención de la Secretaría en controversias se rige por el reglamento y estatutos aplicables.
- Las organizaciones deben proporcionar informes cuando la Secretaría los solicite.

## Derechos principales

- Derecho de los ganaderos a asociarse libre y voluntariamente.
- Derecho de organizaciones registradas a personalidad jurídica.
- Derecho a representación de intereses comunes ante autoridades.
- Derecho a participar como órganos de consulta y colaboración del Estado.
- Derecho de productores a solicitar ingreso a asociaciones locales.
- Derecho a recibir apoyo técnico, estímulos y fomento para el desarrollo ganadero.
- Derecho a interponer recurso de revisión contra actos administrativos definitivos.

## Obligaciones principales

- Las organizaciones deben cumplir su objeto legal y estatutario.
- Deben proporcionar informes solicitados por la Secretaría sobre censos, padrones y consultas.
- Deben integrar acta constitutiva, estatutos, padrón y demás documentos en el registro.
- No deben obligar a sus asociados a actividades políticas partidistas ni militancia.
- Deben coadyuvar con la Secretaría en sanidad animal cuando corresponda.
- Deben observar reglas de disolución, liquidación y controversias.
- Quien se ostente como organización o representante debe contar con registro correspondiente.

## Autoridades relacionadas

- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, conforme al texto fuente.
- Ejecutivo Federal.
- Gobiernos de las entidades federativas.
- Municipios.
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Autoridades competentes en sanidad animal.
- Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas, como instancia de representación y liquidación.
- Autoridades administrativas que resuelvan recursos conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Constitución de asociación ganadera local.
- Constitución de unión ganadera regional.
- Registro de organización ganadera ante la Secretaría.
- Registro de acta constitutiva, estatutos y padrón de productores.
- Registro de fierros, marcas y tatuajes.
- Solicitud de ingreso a asociaciones locales.
- Acreditación de propiedad y certificación para movilización de ganado.
- Presentación de informes, censos y padrones.
- Disolución y liquidación de organizaciones.
- Recurso de revisión contra actos administrativos.

## Sanciones o consecuencias

- Uso indebido de denominaciones de organizaciones ganaderas puede generar multa de quinientos a mil días de salario mínimo.
- Ostentarse como representante sin registro recibe la misma multa.
- Reincidencia duplica la multa, con límite legal.
- Falta de diligencia en coadyuvancia de sanidad animal puede generar multa de ochocientos a mil seiscientos días de salario mínimo.
- Reincidencia en coadyuvancia sanitaria puede cancelar el registro.
- Incumplir obligaciones de informar puede generar multa de trescientos a seiscientos días de salario mínimo.
- Causales legales pueden producir disolución, liquidación o revocación de registro.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1o | Define objeto, interés público y autoridad de aplicación. |
| 4o | Contiene definiciones centrales de actividad, ganadero y organizaciones. |
| 5o | Enumera objetivos de las organizaciones ganaderas. |
| 6o | Reconoce derecho de asociación libre y voluntaria. |
| 7o | Regula registro y personalidad jurídica. |
| 8o | Fija integración mínima de asociaciones locales. |
| 9o | Fija requisitos para uniones ganaderas regionales. |
| 13 | Regula registro de organizaciones, estatutos, padrones y movilización. |
| 14 | Obliga a proporcionar información a la Secretaría. |
| 16 | Prohíbe fines ajenos y obligaciones políticas partidistas. |
| 17 | Establece causales de disolución. |
| 20 a 23 | Regulan multas y recurso de revisión. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley Federal De Procedimiento Administrativo](/LFPA/)
- [Ley Federal De Sanidad Animal](/LFSA/)
- [Ley De Desarrollo Rural Sustentable](/LDRS/)
- [Ley General De Sociedades Cooperativas](/LGSC/)
- [Ley General De Sociedades Mercantiles](/LGSM/)
- [Código De Comercio](/CCom/)
- [Código Civil Federal](/CCF/)
- [Ley Federal De Competencia Económica](/LFCE/)
- [Ley De Asociaciones Religiosas Y Culto Público](/LARCP/)

## Reformas y vigencia

El texto fuente indica que esta ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1999. También señala texto vigente con última reforma publicada el 9 de abril de 2012.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿De qué trata la Ley De Organizaciones Ganaderas?

Regula cómo se constituyen, registran, funcionan, representan, sancionan y disuelven las organizaciones ganaderas en México.

### ¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para crear una asociación ganadera, revisar requisitos de registro, derechos de afiliados, obligaciones de información o sanciones.

### ¿Los ganaderos tienen derecho a asociarse?

Sí. La ley reconoce que los ganaderos pueden asociarse libre y voluntariamente conforme al artículo 9 constitucional.

### ¿Qué organización tiene personalidad jurídica?

La organización ganadera obtiene personalidad jurídica cuando queda registrada conforme a la ley.

### ¿Qué pasa si alguien usa indebidamente una denominación ganadera?

Puede recibir multa, y si reincide la sanción puede duplicarse conforme a los límites previstos en la ley.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/log.htm)
- Word oficial: [57.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/57.doc)
- PDF oficial: [57.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/57.pdf)
- PDF móvil: [Ley_de_Organizaciones_Ganaderas.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_de_Organizaciones_Ganaderas.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.
