# Ley De Puertos - Artículo octavo

Clave: 65_071220
Artículo: octavo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

TRANSITORIOS
octavo.
. En tanto se expiden los reglamentos a que se refiere el
presente ordenamiento
, se continuarán aplicando los reglamentos, normas y demás disposiciones administrativas expedidos con fundamento en las disposiciones que se derogan, en lo que no se opongan a lo dispuesto en
esta ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Puertos, artículo octavo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
