---
law_key: "70"
title: Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Interés Público
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
---

# Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Interés Público

## Resumen de la ley

La Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Interés Público establece un régimen especial para sociedades de responsabilidad limitada que realizan actividades donde coinciden intereses privados y un interés público reconocido por la Secretaría de Economía.

Es una ley breve, pero importante para sociedades autorizadas por el Ejecutivo Federal. Complementa la Ley General de Sociedades Mercantiles y agrega reglas especiales sobre autorización, registro, capital variable, número de socios, límite de participación social, órganos de administración, vigilancia y facultades de intervención de la autoridad económica.

## Qué regula

Regula la constitución y funcionamiento de sociedades de responsabilidad limitada de interés público. Exige autorización del Ejecutivo Federal, intervención de la Secretaría de Economía, inscripción en el Registro Público de Comercio y cumplimiento de reglas especiales de capital, reservas, administración y vigilancia.

También regula la facultad de la Secretaría de Economía para requerir informes, convocar asambleas, pedir disolución o liquidación judicial y denunciar hechos posiblemente delictivos.

## A quién aplica

Aplica a personas que pretendan constituir una sociedad de responsabilidad limitada de interés público y a las sociedades ya autorizadas bajo este régimen. También aplica a sus socios, administradores, consejo de vigilancia y a la Secretaría de Economía en sus funciones de autorización y supervisión.

## Materias principales

- Autorización del Ejecutivo Federal para constituir la sociedad.
- Solicitud y resolución ante la Secretaría de Economía.
- Registro directo en el Registro Público de Comercio.
- Régimen supletorio de sociedades de responsabilidad limitada.
- Capital variable y límites de participación.
- Reserva legal reforzada.
- Consejo de administración y consejo de vigilancia.
- Derechos de minorías.
- Facultades de supervisión de la Secretaría de Economía.

## Definiciones importantes

- Sociedad de responsabilidad limitada de interés público: sociedad mercantil autorizada para actividades en las que existe interés público y particular.
- Interés público: elemento que justifica la autorización especial de la Secretaría de Economía.
- Parte social: participación de cada socio en el capital social, limitada por la ley a un porcentaje máximo.
- Consejo de administración: órgano colegiado encargado de administrar la sociedad.
- Consejo de vigilancia: órgano encargado de supervisar la administración.
- Reserva: fondo formado con parte de las utilidades netas anuales hasta igualar el capital social.

## Mapa de temas

- Artículos 1 y 2: procedencia del régimen y autorización del Ejecutivo Federal.
- Artículo 3: solicitud ante la Secretaría de Economía y plazo de resolución.
- Artículo 4: escritura e inscripción en el Registro Público de Comercio.
- Artículo 5: aplicación supletoria de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
- Artículos 6 a 9: capital variable, número de socios, límite de partes sociales y reserva.
- Artículos 10 y 11: administración, vigilancia y derechos de minorías.
- Artículos 12 y 13: facultades de la Secretaría de Economía y garantías de administradores.

## Plazos importantes

- La Secretaría de Economía debe resolver la solicitud dentro de 30 días desde su recepción, acompañada del proyecto de escritura.
- La sociedad debe extender la escritura una vez otorgada la autorización y registrarse en el Registro Público de Comercio.
- La ley no fija un plazo específico para integrar la reserva, pero exige destinar 20% de las utilidades netas anuales hasta que sea igual al capital social.
- La reforma publicada el 9 de abril de 2012 entró en vigor al día siguiente de su publicación.

## Derechos principales

- Los interesados pueden solicitar autorización para constituir una sociedad bajo este régimen cuando su objeto involucre interés público y privado.
- Las minorías que representen al menos 25% del capital tienen derecho a nombrar por lo menos un miembro del consejo de administración y uno del consejo de vigilancia.
- Los socios conservan los derechos previstos para sociedades de responsabilidad limitada en la legislación mercantil aplicable.
- La sociedad puede inscribirse directamente en el Registro Público de Comercio una vez otorgada la autorización y extendida la escritura.

## Obligaciones principales

- Obtener autorización del Ejecutivo Federal antes de constituirse.
- Presentar solicitud y proyecto de escritura ante la Secretaría de Economía.
- Mantener capital variable.
- Respetar el límite de que una parte social no exceda de 25% del capital.
- Destinar 20% de las utilidades netas anuales a la reserva hasta igualar el capital.
- Contar con consejo de administración de al menos tres socios y consejo de vigilancia de al menos dos.
- Los administradores deben garantizar su manejo conforme al contrato social.

## Autoridades relacionadas

- Ejecutivo Federal: otorga la autorización para constituir la sociedad.
- Secretaría de Economía: califica el interés público, recibe solicitudes, resuelve, requiere informes, convoca asambleas y puede promover disolución o liquidación.
- Registro Público de Comercio: inscribe la escritura constitutiva.
- Ministerio Público: puede recibir denuncias formuladas por la Secretaría de Economía cuando detecte posibles delitos.
- Autoridad judicial: conoce, en su caso, de procedimientos de disolución o liquidación.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Preparación del proyecto de escritura social.
- Solicitud de autorización ante la Secretaría de Economía.
- Resolución administrativa sobre procedencia de la sociedad.
- Otorgamiento de escritura constitutiva.
- Inscripción en el Registro Público de Comercio.
- Convocatoria a asamblea por autoridad cuando sea necesario.
- Acción judicial de disolución o liquidación solicitada por la Secretaría de Economía.

## Sanciones o consecuencias

La ley no contiene un catálogo amplio de multas. Sus consecuencias principales son de control societario y administrativo: sin autorización no puede operar bajo este régimen; la Secretaría de Economía puede requerir informes, convocar asambleas, promover disolución o liquidación judicial y denunciar delitos.

El incumplimiento de reglas de capital, órganos sociales, reservas o participación puede afectar la regularidad de la sociedad y activar medidas de supervisión o intervención.

## Artículos clave

- Artículo 1: define cuándo procede una sociedad de responsabilidad limitada de interés público.
- Artículo 2: exige autorización del Ejecutivo Federal.
- Artículo 3: regula solicitud y plazo de 30 días para resolver.
- Artículo 4: prevé escritura e inscripción directa.
- Artículo 5: remite a la Ley General de Sociedades Mercantiles.
- Artículo 8: limita cada parte social a 25% del capital.
- Artículo 9: exige reserva de 20% de utilidades netas.
- Artículo 11: protege derechos de minorías.
- Artículo 12: faculta a la Secretaría de Economía para intervenir.

## Leyes relacionadas

- [Ley General de Sociedades Mercantiles](/LGSM/)
- [Código de Comercio](/CCom/)
- [Código Civil Federal](/CCF/)
- [Código Penal Federal](/CPF/)
- [Ley Federal de Procedimiento Administrativo](/LFPA/)

## Reformas y vigencia

La ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 1934. El texto revisado indica última reforma publicada el 9 de abril de 2012.

La reforma de 2012 actualizó referencias institucionales, especialmente a la Secretaría de Economía. Su transitorio estableció entrada en vigor al día siguiente de la publicación.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Qué distingue a esta sociedad de una sociedad de responsabilidad limitada común?

Debe existir una actividad con interés público y privado, y su constitución requiere autorización del Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía.

### ¿Cuántos socios puede tener?

Puede tener más de 25 socios, a diferencia del límite ordinario de ciertas sociedades de responsabilidad limitada.

### ¿Una persona puede controlar todo el capital?

No. La ley establece que una parte social no puede exceder de 25% del capital social.

### ¿Qué reserva debe formar la sociedad?

Debe separar 20% de sus utilidades netas anuales para formar una reserva hasta que ésta alcance el monto del capital social.

### ¿La Secretaría de Economía puede intervenir en la sociedad?

Sí. Puede pedir informes, convocar asambleas, solicitar disolución o liquidación judicial y denunciar posibles delitos.

## Fuente oficial

- [Ficha oficial en Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsrlip.htm)
- [PDF oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/70.pdf)
- [Documento Word oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/70.doc)
- [PDF móvil oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_de_Sociedades_de_Responsabilidad_Limitada_de_Interes.pdf)

## Aviso

Esta guía es informativa y no sustituye la lectura del texto oficial vigente ni la asesoría jurídica especializada.
