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law_title: "Ley De Sociedades De Solidaridad Social"
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# Ley De Sociedades De Solidaridad Social - Artículo 28

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO V - De la Comisión de Educación

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ARTICULO 28.- La Comisión de Educación, tendrá los siguientes objetivos:

I.- Procurar la educación para la totalidad de los socios, tomando como base los principios que consagra el Artículo 3o. de la Constitución General de la República y la Ley General de Educación.
Fracción reformada DOF 24-04-2018

II.- La formación de los socios con sentido de la solidaridad social, de la conducta responsable y con espíritu de disciplina e iniciativa.

III.- Proporcionar orientaciones claras y precisas a todos los miembros de la sociedad para alcanzar su formación intelectual,  moral y social. 
```

## Resumen corto

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Regla de 71_240418 sobre competencia de autoridades: La Comisión de Educación, tendrá los siguientes objetivos:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Comisión de Educación, tendrá los siguientes objetivos:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 28 71_240418, competencia de autoridades, artículo 28 ley de sociedades de solidaridad social, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad 71_240418, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 28 de 71_240418.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley General De Educación (`LGE`)

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 28 de 71_240418?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Comisión de Educación, tendrá los siguientes objetivos:

### ¿Para qué sirve artículo 28?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsss.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/71_240418.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/71_240418.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
