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law_title: "Ley De Sociedades De Solidaridad Social"
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# Ley De Sociedades De Solidaridad Social - Artículo 39

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO VIII - De la Liquidación

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ARTICULO 39.- El comité liquidador tendrá las facultades siguientes:

I.- Concluir las operaciones sociales que hubieren quedado pendiente en el momento de revocar la autorización;

II.- Formular un inventario de los activos y pasivos de la sociedad;

III.- Cobrar lo que se deba a la sociedad y pagar lo que ésta adeude;

IV.- Formular el balance final de liquidación, que deberá someterse a la aprobación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano o de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en sus respectivos casos;
Fracción reformada DOF 24-04-2018

V.- Inscribir de inmediato en el registro nacional de la Secretaría que corresponda que la sociedad de solidaridad social entra en período de liquidación;

VI.- Las demás inherentes a la liquidación. 
```

## Resumen corto

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Regla de 71_240418 sobre concesiones y uso de recursos públicos: El comité liquidador tendrá las facultades siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. El comité liquidador tendrá las facultades siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Palabras clave

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artículo 39 71_240418, concesiones y uso de recursos públicos, artículo 39 ley de sociedades de solidaridad social, concesiones, autorizaciones, uso de bienes públicos

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 39 de 71_240418.
- Trámite: revisar requisitos, condiciones o límites de concesiones y autorizaciones.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Sanción
- Procedimiento
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: un concesionario o solicitante revisa este artículo antes de presentar una solicitud o modificar condiciones de operación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para preparar una solicitud, revisar requisitos, responder una prevención o justificar el cumplimiento de condiciones.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 39 de 71_240418?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. El comité liquidador tendrá las facultades siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 39?

Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsss.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/71_240418.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/71_240418.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
