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law_title: "Impuesto Sobre Servicios Expresamente Declarados De Interés Público Por Ley, En Los Que Intervengan Empresas Concesionarias De Bienes Del Dominio Directo De La Nación \\(Ley Que Establece, Reforma Y Adiciona Las Disposiciones Relativas A Diversos Impuestos\\)"
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# Impuesto Sobre Servicios Expresamente Declarados De Interés Público Por Ley, En Los Que Intervengan Empresas Concesionarias De Bienes Del Dominio Directo De La Nación \(Ley Que Establece, Reforma Y Adiciona Las Disposiciones Relativas A Diversos Impuestos\) - Artículo SEGUNDO

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## Texto del artículo

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ARTICULO SEGUNDO.- La reforma al artículo 499 del Código Aduanero, entrará en vigor en toda la República el día 11 de enero de 1969.
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## Resumen corto

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Regla de 79 sobre regla aplicable: La reforma al artículo 499 del Código Aduanero, entrará en vigor en toda la República el día 11 de enero de 1969.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La reforma al artículo 499 del Código Aduanero, entrará en vigor en toda la República el día 11 de enero de 1969.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo segundo 79, regla aplicable, artículo segundo impuesto sobre servicios expresamente declarados de interes publico por ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes del dominio directo de la nacion \(ley que establece, reforma y adiciona las disposiciones relativas a diversos impuestos\)

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo segundo de 79.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo segundo de 79?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. La reforma al artículo 499 del Código Aduanero, entrará en vigor en toda la República el día 11 de enero de 1969.

### ¿Para qué sirve artículo segundo?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lisipl.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/79.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/79.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
