# Ley Del Instituto Nacional De Las Mujeres - Artículo 18

Clave: 88_200521
Artículo: 18
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-03-10

## Texto vigente

Artículo 18
.- La Presidencia durará en su cargo tres años, pudiendo ser ratificada únicamente por un segundo periodo de tres años; en todo caso, el periodo no excederá del correspondiente al ejercicio
del Presidente de la República que otorgó el nombramiento.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Instituto Nacional De Las Mujeres, artículo 18.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
