# Ley Del Servicio Exterior Mexicano - Artículo 37-bis

Clave: 96_190418
Artículo: 37-bis
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 37-bis
.- La evaluación de los expedientes personales será realizada por la Subcomisión de Evaluación y dada a conocer a los interesados con anticipación a la celebración de los exámenes.
La Subcomisión de Evaluación se integrará por:
Presidencia de la Comisión de Personal, cuyo titular la presidirá;
Fracción reformada DOF
Titular del Instituto Matías Romero, o a falta de éste, quien funja como titular de la Dirección General del Instituto;
Fracción reformada DOF
Titular de la Dirección General que tenga bajo su cargo los asuntos concernientes al personal del Servicio Exterior, según lo disponga el Reglamento Interior de la Secretaría;
Fracción reformada DOF
Dos Miembros del Servicio Exterior con rango mínimo de Consejero o de Agregado Administrativo “A” propuestos por quien presida la Comisión de Personal y aprobados por el Secretario, procurando siempre la paridad de género, y
Fracción reformada DOF
Representante del área de la Secretaría encargada de llevar los asuntos de igualdad de género.
Fracción adicionada DOF
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Servicio Exterior Mexicano, artículo 37-bis.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
