# Ley Del Servicio Exterior Mexicano - Artículo 61 ter

Clave: 96_190418
Artículo: 61-ter
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 61 ter
.- En los asuntos relacionados con faltas administrativas graves de conformidad con lo dispuesto en
esta Ley
y en la
Ley General de Responsabilidades Administrativas
, la Subcomisión de Asuntos Disciplinarios deberá observar lo dispuesto en las fracciones I a V del artículo
60
de la
presente Ley
, luego de lo cual remitirá el expediente al Tribunal competente por conducto de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en los tres días hábiles siguientes a la fecha de recepción de los autos originales.
La remisión del expediente al Tribunal deberá notificarse a la Comisión de Personal y al presunto responsable, en los términos de la
Ley General de Responsabilidades Administrativas
. En los mismos términos, se notificará al Presidente de la República en caso de Embajadores y Cónsules Generales.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Del Servicio Exterior Mexicano, artículo 61-ter.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
