# Código Civil Federal - Artículo 1706

Clave: CCF
Artículo: 1706
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Tercero
TÍTULO Quinto
CAPÍTULO IV
Artículo 1706
.- Son obligaciones del albacea general:
La presentación del testamento;
El aseguramiento de los bienes de la herencia;
La formación de inventarios;
La administración de los bienes y la rendición de las cuentas del albaceazgo;
El pago de las deudas mortuorias, hereditarias y testamentarias;
La partición y adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios;
La defensa, en juicio y fuera de él, así de la herencia como de la validez del testamento;
La de representar a la sucesión en todos los juicios que hubieren de promoverse en su nombre o que se promovieren en contra de ella;
Las demás que le imponga la ley.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Civil Federal, artículo 1706.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
