# Código Civil Federal - Artículo 19

Clave: CCF
Artículo: 19
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 19
.- Las controversias judiciales del orden civil deberán resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica. A falta de ley se resolverán conforme a los principios generales de derecho.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Civil Federal, artículo 19.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
