# Código Civil Federal - Artículo 2448 e

Clave: CCF
Artículo: 2448-e
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Cuarto
TÍTULO Sexto
CAPÍTULO IV
Artículo 2448 e
.- La renta debe pagarse en los plazos convenidos y a falta de convenio, por meses vencidos.
El arrendatario no está obligado a pagar la renta sino desde el día en que reciba el inmueble objeto del contrato.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Civil Federal, artículo 2448-e.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
