# Código Civil Federal - Artículo 25

Clave: CCF
Artículo: 25
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Primero
TÍTULO Segundo
Artículo 25
.- Son personas morales:
La Nación, los Estados y los Municipios;
Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;
Las sociedades civiles o mercantiles;
Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo
123
de la
Constitución Federal
;
Las sociedades cooperativas y mutualistas;
Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley.
Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo
2736
.
Fracción adicionada DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Civil Federal, artículo 25.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
