# Código Civil Federal - Artículo 3063

Clave: CCF
Artículo: 3063
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Cuarto
TÍTULO Segundo
CAPÍTULO III
Artículo 3063
.- Los asientos de cancelación de una inscripción o anotación preventiva, expresarán:
La clase de documento en virtud del cual se practique la cancelación, su fecha y número si lo tuviere y el funcionario que lo autorice.
La causa por la que se hace la cancelación;
El nombre y apellidos de la persona a cuya instancia o con cuyo consentimiento se verifique la cancelación;
La expresión de quedar cancelado total o parcialmente el asiento de que se trate; y
Cuando se trate de cancelación parcial, la parte que se segregue o que haya desaparecido del inmueble, o la que reduzca el derecho y la que subsista.
Artículo adicionado DOF
. Reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Civil Federal, artículo 3063.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
