# Código Civil Federal - Artículo 486

Clave: CCF
Artículo: 486
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Primero
TÍTULO Noveno
CAPÍTULO IV
Artículo 486
.- El marido es tutor legítimo y forzoso de su mujer, y ésta lo es de su marido.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Civil Federal, artículo 486.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
