# Código Civil Federal - Artículo 626

Clave: CCF
Artículo: 626
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Primero
TÍTULO Noveno
CAPÍTULO XIV
Artículo 626
.- El curador está obligado:
A defender los derechos del incapacitado en juicio o fuera de él, exclusivamente en el caso de que estén en oposición con los del tutor;
A vigilar la conducta del tutor y a poner en conocimiento del juez todo aquello que considere que puede ser dañoso al incapacitado;
A dar aviso al juez para que se haga el nombramiento de tutor, cuando éste faltare o abandonare la tutela;
A cumplir las demás obligaciones que la ley le señale.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Civil Federal, artículo 626.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
