# Código Civil Federal - Artículo 67

Clave: CCF
Artículo: 67
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Primero
TÍTULO Cuarto
CAPÍTULO II
Artículo 67
.- En las actas que se levanten en estos casos, se expresarán con especificación todas las circunstancias que designa el artículo
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, la edad aparente del niño, su sexo, el nombre y apellido que se le pongan, y el nombre de la persona o casa de expósitos que se encarguen de él.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Civil Federal, artículo 67.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
