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law_key: "CCF"
title: "Código Civil Federal"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

El Código Civil Federal regula las bases del derecho civil aplicable en asuntos del orden federal. Establece reglas sobre personas, capacidad jurídica, estado civil, domicilio, familia, bienes, propiedad, posesión, sucesiones, obligaciones, contratos, responsabilidad civil y prescripción. Sirve como marco general para interpretar relaciones privadas cuando existe competencia federal o cuando otras leyes remiten al derecho civil. También contiene reglas preliminares sobre vigencia de la ley, aplicación territorial, derecho extranjero, nulidad, renuncia de derechos y efectos jurídicos de los actos.

## Qué regula

- Vigencia, obligatoriedad, irretroactividad e interpretación de leyes civiles.
- Capacidad jurídica, personalidad, domicilio, ausencia y presunción de muerte.
- Matrimonio, divorcio, parentesco, alimentos, filiación, patria potestad, tutela y adopción.
- Bienes, propiedad, copropiedad, usufructo, uso, habitación, servidumbres, posesión y prescripción.
- Sucesiones testamentarias y legítimas.
- Obligaciones civiles, fuentes de las obligaciones y responsabilidad civil.
- Contratos civiles como compraventa, permuta, donación, arrendamiento, mandato, prestación de servicios, asociación, sociedad, fianza, prenda e hipoteca.
- Registro Civil, Registro Público y efectos frente a terceros.
- Reglas supletorias para materias privadas cuando una ley especial remite al derecho civil.

## A quién aplica

- Personas físicas y morales en asuntos civiles del orden federal.
- Jueces y tribunales que resuelven controversias civiles federales o aplican supletoriamente derecho civil.
- Particulares que celebran actos jurídicos, contratos, convenios o negocios civiles.
- Familias, herederos, acreedores, deudores, propietarios, poseedores, arrendadores y arrendatarios.
- Notarios, registradores, representantes legales, tutores, albaceas, mandatarios y fiadores.
- Instituciones públicas cuando actúan en relaciones civiles o patrimoniales reguladas por el Código.

## Materias principales

- Personas y capacidad jurídica.
- Familia, parentesco, alimentos y tutela.
- Bienes, propiedad, posesión y derechos reales.
- Sucesiones y testamentos.
- Obligaciones y responsabilidad civil.
- Contratos civiles.
- Registro Civil y Registro Público.
- Prescripción, caducidad, nulidad y efectos de los actos jurídicos.
- Aplicación del derecho extranjero y conflictos de leyes.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
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| Capacidad jurídica | Aptitud para adquirir y ejercer derechos civiles; el Código reconoce igualdad de capacidad para hombre y mujer. |
| Persona moral | Entidad reconocida por la ley con personalidad jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones. |
| Domicilio | Lugar que la ley toma como sede jurídica de una persona para el ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones. |
| Bienes | Cosas o derechos susceptibles de apropiación conforme a la ley. |
| Propiedad | Derecho de gozar y disponer de una cosa con las limitaciones que fijan las leyes. |
| Posesión | Poder de hecho sobre una cosa o goce de un derecho. |
| Obligación | Vínculo jurídico por el cual una persona debe dar, hacer o no hacer algo frente a otra. |
| Contrato | Convenio que produce o transfiere obligaciones y derechos. |
| Sucesión | Transmisión de bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida. |
| Prescripción | Medio de adquirir bienes o liberarse de obligaciones por el transcurso del tiempo y condiciones legales. |
| Nulidad | Consecuencia jurídica que priva de efectos a un acto cuando incumple requisitos legales. |
| Responsabilidad civil | Obligación de reparar daños y perjuicios causados a otra persona. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
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| Disposiciones preliminares | 1o a 21 | Ubica reglas sobre vigencia, retroactividad, derecho aplicable y renuncia de derechos. |
| Personas | 22 en adelante | Determina personalidad, capacidad, domicilio, ausencia y registro civil. |
| Familia | Libros y títulos familiares | Regula matrimonio, divorcio, parentesco, alimentos, filiación, patria potestad, tutela y adopción. |
| Bienes y propiedad | Libro Segundo | Ordena bienes, propiedad, copropiedad, usufructo, servidumbres, posesión y prescripción. |
| Sucesiones | Libro Tercero | Regula testamentos, herencia legítima, albaceas, legados y partición. |
| Obligaciones | Libro Cuarto | Define fuentes, efectos, transmisión y extinción de obligaciones. |
| Contratos | Libro Cuarto | Regula contratos civiles típicos y sus efectos. |
| Responsabilidad civil | Obligaciones | Permite reclamar reparación por daños o incumplimientos. |
| Registro Público | Disposiciones registrales | Da publicidad y oponibilidad a ciertos actos frente a terceros. |

## Plazos importantes

- Las disposiciones de observancia general obligan tres días después de su publicación, salvo regla distinta.
- Fuera del lugar de publicación, se agrega un día por cada cuarenta kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad.
- Cuando una disposición fija expresamente el día en que comienza a regir, obliga desde ese día si la publicación fue anterior.
- La prescripción positiva y negativa opera por el transcurso de los plazos previstos para adquirir bienes o liberarse de obligaciones.
- En materia sucesoria, varios actos del albacea, aceptación, inventario, partición y reclamaciones se sujetan a términos específicos del Código.
- En obligaciones y contratos, el cumplimiento, mora, intereses, rescisión, saneamiento y responsabilidades pueden depender de plazos pactados o legales.

## Derechos principales

- Derecho a la igualdad de capacidad jurídica entre hombre y mujer.
- Derecho a que la ley no tenga efectos retroactivos en perjuicio de persona alguna.
- Derecho a renunciar derechos privados cuando no se afecte el interés público ni derechos de terceros.
- Derecho a la protección civil de la personalidad, estado familiar, patrimonio y propiedad.
- Derecho a reclamar alimentos en los casos familiares previstos.
- Derecho a suceder por testamento o por disposición legal.
- Derecho a exigir cumplimiento de obligaciones, rescisión o reparación de daños.
- Derecho a registrar actos civiles o patrimoniales para que produzcan efectos frente a terceros.

## Obligaciones principales

- Observar leyes de orden público y no alterar sus efectos por voluntad privada.
- Cumplir contratos y obligaciones de buena fe.
- Responder por daños causados por actos ilícitos o por incumplimiento.
- Cumplir deberes familiares como alimentos, cuidado, tutela o patria potestad cuando correspondan.
- Respetar derechos reales, posesión legítima y propiedad ajena.
- Realizar actos jurídicos con capacidad, consentimiento, objeto lícito y formalidades exigidas.
- Inscribir actos que requieran registro para producir efectos frente a terceros.

## Autoridades relacionadas

- Jueces y tribunales civiles o federales.
- Registro Civil.
- Registro Público de la Propiedad.
- Ministerio Público en supuestos familiares, tutelares o de interés social.
- Notarios y fedatarios públicos.
- Autoridades administrativas que aplican supletoriamente derecho civil.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Registro de nacimiento, matrimonio, defunción y otros actos del estado civil.
- Reconocimiento de hijos, adopción, tutela, alimentos y procedimientos familiares.
- Otorgamiento de testamento, sucesión testamentaria o legítima.
- Contratos civiles y actos notariales.
- Inscripción de inmuebles, gravámenes, sociedades civiles o actos registrables.
- Acciones de nulidad, rescisión, cumplimiento, pago de daños y perjuicios.
- Prescripción adquisitiva, reivindicación, interdictos y acciones reales.
- Declaración de ausencia o presunción de muerte.

## Sanciones o consecuencias

- Los actos contra leyes prohibitivas o de interés público pueden ser nulos.
- La renuncia de derechos sin términos claros o que afecte el interés público puede no producir efectos.
- El incumplimiento contractual puede generar cumplimiento forzoso, rescisión, daños, perjuicios e intereses.
- La responsabilidad civil obliga a reparar el daño causado.
- La falta de formalidades puede impedir que un acto produzca efectos o sea oponible a terceros.
- La prescripción puede extinguir acciones o permitir adquirir derechos.
- El ejercicio abusivo de derechos puede generar responsabilidad cuando cause daño.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
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| 1o | Define que el Código rige en toda la República en asuntos del orden federal. |
| 2o | Reconoce igualdad de capacidad jurídica entre hombre y mujer. |
| 3o | Establece cuándo obligan las leyes y disposiciones generales. |
| 5o | Prohíbe la retroactividad en perjuicio de persona alguna. |
| 6o | Limita la voluntad privada frente a leyes de orden público y derechos de terceros. |
| 8o | Prevé nulidad para actos contra leyes prohibitivas o de interés público. |
| 12 | Fija la regla general de aplicación de leyes mexicanas en territorio nacional. |
| 13 | Regula determinación del derecho aplicable en situaciones jurídicas con elementos externos. |
| 14 | Establece reglas para aplicar derecho extranjero. |
| 15 | Limita la aplicación de derecho extranjero cuando evade principios fundamentales o instituciones de orden público. |
| 16 | Ordena que habitantes y extranjeros sufran perjuicios sólo en casos y formas legales. |
| 21 | Regula el desconocimiento de la ley y sus efectos en casos excepcionales. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares](/CNPCF/)
- [Código De Comercio](/CCom/)
- [Ley Federal Del Trabajo](/LFT/)
- [Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes](/LGDNNA/)
- [Ley De Amparo, Reglamentaria De Los Artículos 103 Y 107 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/LAmp/)
- [Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito](/LGTOC/)
- [Ley General De Sociedades Mercantiles](/LGSM/)

## Reformas y vigencia

El texto fuente indica que el Código fue publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928. También señala texto vigente y última reforma publicada el 14 de noviembre de 2025. Su denominación fue reformada en distintas ocasiones hasta quedar como Código Civil Federal.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿De qué trata el Código Civil Federal?

Regula relaciones civiles en asuntos federales: personas, familia, bienes, obligaciones, contratos, sucesiones y responsabilidad civil. Es una base general del derecho privado y opera también como norma supletoria cuando otras leyes remiten al derecho civil.

### ¿En qué casos puedo usar este Código?

Puedes usarlo para revisar capacidad jurídica, contratos civiles, propiedad, herencias, obligaciones, daños, actos registrales o problemas civiles federales. También sirve para entender conceptos que otras leyes usan como contrato, obligación, prescripción o nulidad.

### ¿Este Código aplica en todo México?

Sí, pero en asuntos del orden federal. Las entidades federativas tienen sus propios códigos civiles para materias locales, aunque muchas instituciones civiles son similares.

### ¿Qué artículos conviene revisar primero?

Conviene empezar por los artículos 1o a 21 porque contienen reglas generales sobre vigencia de la ley, retroactividad, orden público, derecho aplicable y efectos de los actos jurídicos.

### ¿Este Código sustituye a una asesoría legal?

No. El Código permite ubicar reglas generales, pero la solución de un caso depende de hechos, competencia, pruebas, plazos, legislación local o federal y criterios judiciales aplicables.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ccf.htm)
- Word oficial: [CCF.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CCF.doc)
- PDF oficial: [CCF.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CCF.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.
