# Código De Comercio - Artículo 1045

Clave: CCom
Artículo: 1045
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Cuarto
TÍTULO Segundo
Artículo 1045
.- Se prescribirán en cinco años:
I
- Las acciones derivadas del contrato de Sociedad y de operaciones sociales por lo que se refiere a derechos y obligaciones de la Sociedad para con los socios, de los socios para con la Sociedad y de socios entre sí por razón de la Sociedad;
II
- Las acciones que puedan competir contra los liquidatarios de las mismas sociedades por razón de su encargo.

## Notas para agentes

- Citar como: Código De Comercio, artículo 1045.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
