# Código De Comercio - Artículo 107

Clave: CCom
Artículo: 107
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Segundo
TÍTULO Segundo
CAPÍTULO III
Artículo 107
.- Serán responsabilidad del
y de la
, en su caso, las consecuencias jurídicas que entrañe el hecho de que no hayan tomado medidas razonables para:
Verificar la fiabilidad de la
, o
Cuando la
esté sustentada por un
:
Verificar, incluso en forma inmediata, la validez, suspensión o revocación del
, y
Tener en cuenta cualquier limitación de uso contenida en el
.
Artículo derogado DOF
. Adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código De Comercio, artículo 107.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
