# Código De Comercio - Artículo 1289

Clave: CCom
Artículo: 1289
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Quinto
TÍTULO Primero
CAPÍTULO XX
Artículo 1289
.- Para que se consideren plenamente probados los hechos sobre que versen las posiciones que judicialmente han sido dadas por absueltas en sentido afirmativo, se requiere;
Que el interesado sea capaz de obligarse;
Que los hechos sean suyos y concernientes al pleito;
Que la declaración sea legal.

## Notas para agentes

- Citar como: Código De Comercio, artículo 1289.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
