# Código De Comercio - Artículo 372

Clave: CCom
Artículo: 372
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Segundo
TÍTULO Sexto
CAPÍTULO I
Artículo 372
.- En las compraventas mercantiles se sujetarán los contratantes a todas las estipulaciones lícitas con que las hubieren pactado.

## Notas para agentes

- Citar como: Código De Comercio, artículo 372.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
