# Código Fiscal De La Federación - Artículo 120

Clave: CFF
Artículo: 120
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 120
.- La interposición del recurso de revocación será optativa para el interesado antes de acudir al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Cuando un recurso se interponga ante autoridad fiscal incompetente, ésta lo turnará a la que sea competente.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Fiscal De La Federación, artículo 120.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
