# Código Fiscal De La Federación - Artículo 32-b quinquies

Clave: CFF
Artículo: 32-b quinquies
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 32-b quinquies
. Las personas morales, las fiduciarias, los fideicomitentes o fideicomisarios, en el caso de fideicomisos; así como las partes contratantes o integrantes, en el caso de cualquier otra figura jurídica, deberán mantener actualizada la información referente a los beneficiarios controladores a que se refiere el artículo
32-b
Ter de
este Código
. Cuando haya modificaciones en la identidad o participación de los beneficiarios controladores, las personas morales; las fiduciarias, los fideicomitentes o fideicomisarios, en el caso de fideicomisos; así como las partes contratantes o integrantes, en el caso de cualquier otra figura jurídica, deberán actualizar dicha información dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que se haya suscitado la modificación de que se trate.
El Servicio de Administración Tributaria podrá emitir reglas de carácter general para la aplicación de este artículo.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Fiscal De La Federación, artículo 32-b quinquies.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
