# Código Fiscal De La Federación - Artículo 4o.-a

Clave: CFF
Artículo: 4o-a
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 4o.-a
.- Los impuestos y sus accesorios exigibles por los Estados extranjeros cuya recaudación y cobro sea solicitado a México, de conformidad con los tratados internacionales sobre asistencia mutua en el cobro de los que México sea parte, les serán aplicables las disposiciones de
este Código
referentes a la notificación y ejecución de los créditos fiscales.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público o las oficinas que ésta autorice recaudarán, de conformidad con los tratados internacionales antes señalados, los impuestos y sus accesorios exigibles por los Estados extranjeros.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Fiscal De La Federación, artículo 4o-a.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
