# Código Fiscal De La Federación - Artículo 74

Clave: CFF
Artículo: 74
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 74
. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá reducir hasta el 100% las multas por infracción a las disposiciones fiscales y aduaneras, inclusive las determinadas por el propio contribuyente, para lo cual el Servicio de Administración Tributaria establecerá, mediante reglas de carácter general, los requisitos y supuestos por los cuales procederá la reducción, así como la forma y plazos para el pago de la parte no reducida.
Párrafo reformado DOF
La solicitud de reducción de multas en los términos de este artículo, no constituirá instancia y las resoluciones que dicte la
al respecto no podrán ser impugnadas por los medios de defensa que establece
este Código
.
Párrafo reformado DOF
La solicitud dará lugar a la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución, si así se pide y se garantiza el interés fiscal.
Sólo procederá la reducción de multas que hayan quedado firmes, siempre que un acto administrativo conexo no sea materia de impugnación, o bien, de un procedimiento de resolución de controversias establecido en los tratados para evitar la doble tributación de los que México es parte.
Párrafo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Fiscal De La Federación, artículo 74.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
