# Código Fiscal De La Federación - Artículo 78

Clave: CFF
Artículo: 78
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 78
.- Tratándose de la omisión de contribuciones por error aritmético en las declaraciones, se impondrá una multa del 20% al 25% de las contribuciones omitidas. En caso de que dichas contribuciones se paguen junto con sus accesorios, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surta sus efectos la notificación de la diferencia respectiva, la multa se reducirá a la mitad, sin que para ello se requiera resolución administrativa.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Fiscal De La Federación, artículo 78.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
