# Código Fiscal De La Federación - Artículo 7o

Clave: CFF
Artículo: 7o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 7o
.- Las leyes fiscales, sus reglamentos y las disposiciones administrativas de carácter general, entrarán en vigor en toda la República el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, salvo que en ellas se establezca una fecha posterior.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Fiscal De La Federación, artículo 7o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
