# Código Fiscal De La Federación - Artículo 82-e

Clave: CFF
Artículo: 82-e
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 82-e
. Son infracciones cometidas por las instituciones financieras, en relación con las obligaciones establecidas en los artículos
32-b
, fracción V y
32-b
Bis de
este Código
, las siguientes:
No presentar la información a que se refieren los artículos
32-b
, fracción V y
32-b
Bis de
este Código
, mediante declaración anual ante las oficinas autorizadas, o no presentarla a través de los medios o formatos que señale el Servicio de Administración Tributaria.
No presentar la información a que se refieren los artículos
32-b
, fracción V y
32-b
Bis de
este Código
, a requerimiento de las autoridades fiscales.
Presentar la declaración anual que contenga la información a que se refieren los artículos
32-b
, fracción V y
32-b
Bis de
este Código
incompleta, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones aplicables.
Presentar de forma extemporánea la declaración anual que contenga la información a que se refieren los artículos
32-b
, fracción V y
32-b
Bis de
este Código
.
No llevar el registro especial de la aplicación de los procedimientos para identificar cuentas extranjeras y cuentas reportables entre las cuentas financieras, a que se refiere el artículo
32-b
Bis, fracción II de
este Código
.
Celebrar contratos o mantener cuentas financieras incumpliendo lo establecido en los artículos
32-b
, fracción V y
32-b
Bis de
este Código
.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Fiscal De La Federación, artículo 82-e.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
