# Código Fiscal De La Federación - Artículo 86-e

Clave: CFF
Artículo: 86-e
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 86-e
.- Son infracciones de los fabricantes, productores o envasadores de bebidas alcohólicas fermentadas, cerveza, bebidas refrescantes y de tabacos labrados, según corresponda, no llevar el control físico a que se refiere el artículo
19
, fracción X de la
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
o llevarlo en forma distinta a lo que establece dicha fracción.
Asimismo, son infracciones de los productores o envasadores de bebidas alcohólicas, no llevar los controles físico o volumétrico a que se refieren las fracciones X y XVI del artículo
19
de la
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
o llevarlos en forma distinta a lo que establecen dichas fracciones.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Fiscal De La Federación, artículo 86-e.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
