# Código Fiscal De La Federación - Artículo 86

Clave: CFF
Artículo: 86
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 86
.- A quien cometa las infracciones relacionadas con el ejercicio de las facultades de comprobación a que se refiere el Artículo
85
, se impondrán las siguientes multas;
De $25,360.00 a $76,090.00 , a la comprendida en la fracción I.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF
. Actualizada DOF
. Compilada DOF
,
. Actualizada DOF
De $2,220.00 a $91,560.00 , a la establecida en la fracción II.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF
. Actualizada DOF
. Compilada DOF
,
. Actualizada DOF
De $4,810.00 a $120,290.00 , a la establecida en la fracción III.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF
. Actualizada DOF
. Compilada DOF
,
. Actualizada DOF
De $193,860.00 a $258,480.00 , a la comprendida en la fracción IV.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF
. Actualizada DOF
. Compilada DOF
,
. Actualizada DOF
De $10,990.00 a $18,320.00 , sin perjuicio de las demás sanciones que procedan, a la establecida en la fracción V.
Multa de la fracción compilada por resolución miscelánea fiscal DOF
. Actualizada DOF
. Compilada DOF
,
. Actualizada DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Fiscal De La Federación, artículo 86.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
