# Código Fiscal De La Federación - Artículo 99

Clave: CFF
Artículo: 99
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 99
.- En el caso de delito continuado, la pena podrá aumentarse hasta por una mitad más de la que resulte aplicable.
Para los efectos de
este Código
, el delito es continuado cuando se ejecuta con pluralidad de conductas o hechos, con unidad de intención delictuosa e identidad de disposición legal, incluso de diversa gravedad.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Fiscal De La Federación, artículo 99.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
