# Código Federal De Procedimientos Civiles - Artículo 507

Clave: CFPC
Artículo: 507
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Tercero
TÍTULO Primero
CAPÍTULO I
Artículo 507
.- La sentencia de los tribunales federales resolverá sobre la existencia del derecho fiscal, si ésta hubiere sido reclamada, o sobre la preferencia que tal derecho deba tener respecto de los que se hayan considerado privilegiados.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Federal De Procedimientos Civiles, artículo 507.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
