# Código Federal De Procedimientos Civiles - Artículo 517

Clave: CFPC
Artículo: 517
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Tercero
TÍTULO Primero
CAPÍTULO III
Artículo 517
.- La petición de apeo debe contener:
I
- El nombre y ubicación de la finca que debe deslindarse;
II
- La parte o partes en que el acto debe ejecutarse;
III
- Los nombres de los colindantes que puedan tener interés en el apeo, si son conocidos, y, si no lo son, los datos indispensables para identificar sus predios;
Fe de erratas a la fracción DOF
IV
- Ei sitio donde están y donde deben colocarse las señales, y, si éstas no existen, el lugar donde estuvieron o debieron levantarse, y
V
- Los planos y demás documentos que vengan a servir para la diligencia, y designación de un perito por parte del promovente.
Fe de erratas a la fracción DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Federal De Procedimientos Civiles, artículo 517.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
