# Código Federal De Procedimientos Civiles - Artículo 55

Clave: CFPC
Artículo: 55
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Primero
TÍTULO Segundo
CAPÍTULO III
SECCIÓN PRIMERA
Artículo 55
.- Son correcciones disciplinarias:
I
- Apercibimiento;
II
Multa que no exceda de sesenta días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, y
Fracción reformada DOF
III
- Suspensión de empleo hasta por quince días.
Esta última fracción sólo es aplicable al secretario y demás empleados del tribunal que imponga la corrección.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Federal De Procedimientos Civiles, artículo 55.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
