# Código Federal De Procedimientos Civiles - Artículo 601

Clave: CFPC
Artículo: 601
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Quinto
TÍTULO Único
CAPÍTULO III
Artículo 601
.- No será necesario que la parte actora ofrezca y desahogue pruebas individualizadas por cada uno de los miembros de la colectividad.
Las reclamaciones individuales deberán justificar en su caso, la relación causal en el incidente de liquidación respectivo.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Código Federal De Procedimientos Civiles, artículo 601.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
