# Código Federal De Procedimientos Civiles - Artículo 75

Clave: CFPC
Artículo: 75
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

LIBRO Primero
TÍTULO Tercero
CAPÍTULO UNICO
Artículo 75
.- El efecto de la acumulación es el de que los asuntos acumulados se resuelvan en una sola sentencia, para lo cual se suspenderá la tramitación de una cuestión cuando esté para verificarse, en ella, la audiencia final del juicio.

## Notas para agentes

- Citar como: Código Federal De Procedimientos Civiles, artículo 75.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
