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law_title: "Código De Justicia Militar"
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# Código De Justicia Militar - Artículo 249

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- LIBRO SEGUNDO - De los delitos, faltas, delincuentes y penas
- TITULO OCTAVO - Delitos contra la existencia y seguridad de la Fuerza Armada Permanente
- CAPITULO III - Extravío, enajenación, robo y destrucción de lo perteneciente a la Fuerza Armada Permanente

```text
Artículo 249.- A la persona militar que cometa el delito de robo de valores o efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Permanente, será sancionada:
Párrafo reformado DOF 16-07-2025

I.-	Con cuatro meses de prisión si el valor de lo robado no excediere de diez Unidades de Medida y Actualización;
Fracción reformada DOF 16-07-2025

II.-	Con seis meses de prisión si el valor de lo robado es mayor a diez Unidades de Medida y Actualización sin exceder de veinte;
Fracción reformada DOF 16-07-2025

III.-	Con un año y seis meses de prisión, si el valor de lo robado es mayor a veinte Unidades de Medida y Actualización sin exceder de doscientas;
Fracción reformada DOF 16-07-2025

IV.-	Con un mes de aumento a la pena señalada en la fracción anterior, por cada veinte Unidades de Medida y Actualización o fracción que excediere de doscientas;
Fracción reformada DOF 16-07-2025

V.-	Con un año de aumento a las penas que fijan las fracciones que anteceden:
Párrafo reformado DOF 16-07-2025

a).- 	Si el delito se comete en un lugar cerrado o en edificio que esté habitado o destinado para habitación, y

b).-	Si el delincuente es obrero y el delito se comete en el taller en que aquél preste sus servicios.
Inciso reformado DOF 16-07-2025

Se entenderá por el delito de robo quien se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella.
Párrafo adicionado DOF 16-07-2025
```

## Resumen corto

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Regla de CJM sobre sanciones y cumplimiento: A la persona militar que cometa el delito de robo de valores o efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Permanente, será sancionada:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. A la persona militar que cometa el delito de robo de valores o efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Permanente, será sancionada:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
artículo 249 CJM, sanciones y cumplimiento, artículo 249 codigo de justicia militar, sanciones, multas, incumplimiento legal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 249 de CJM.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Plazo
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 249 de CJM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. A la persona militar que cometa el delito de robo de valores o efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Permanente, será sancionada:

### ¿Para qué sirve artículo 249?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cjm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CJM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CJM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
